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Subvenciones para fomentar el empleo de calidad

5 de febrero de 2018

SUBVENCIONES PARA FOMENTAR EL EMPLEO DE CALIDAD

El Ayuntamiento de Barcelona, a través de Barcelona Activa, pone en marcha este programa de ayudas a la contratación para aliviar los gastos que afronta tu empresa a la hora de realizar nuevas contrataciones y para fomentar el empleo de calidad en la ciudad.

El Programa ofrece ayudas de hasta 12.000 euros por contrato, un importe que varía en función del perfil de la persona contratada, empadronada en Barcelona, y su jornada laboral.

               1. Personas mayores de 40 años en situación de paro de larga duración.

               2. Personas participantes en programas y / o itinerarios de inserción laboral de                                          Barcelona Activa.

 % Jornada

Subvención

 Media jornada (50%-74%)                                       

5.000 € 

 Media jornada (75%-99%)

7.500 € 

 Jornada Completa (100%)

10.000 € 

 

               3. Personas en riesgo de exclusión social.

               4. Personas con residencia en alguno de los territorios de actuación preferente en la                     ciudad y con participación acreditada en acciones de formación y / o orientación                          laboral.

 

 % Jornada

Subvenció

 Mitja jornada (50%-74%)

6.000 € 

 Mitja jornada (75%-99%)

9.000 € 

 Jornada Completa (100%)

12.000 € 

 

TU EMPRESA PUEDE SOLICITAR LA SUBVENCIÓN SI ...

• Tiene por lo menos un centro de trabajo en el Área Metropolitana de Barcelona, ​​donde presta sus servicios la persona contratada.

• Desarrolla su actividad desde hace más de seis meses.

• Está al corriente de pago de sus obligaciones con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Hacienda Municipal.

• Suscribirse y formaliza un contrato laboral:

o de un mínimo de 12 meses (o indefinido) en caso de que la empresa tenga un número no superior a 250 trabajadores / as (PYMES).

o indefinido en caso de que cuente con una plantilla de más de 250 trabajadores / as.

Hay que tener en cuenta que el máximo de contrataciones a subvencionar en una misma organización es de 10 y que el número de personas trabajadoras con subvención no podrá superar la plantilla que tenías previamente. Además, en ningún caso el salario será inferior a 1.088,56 € brutos mensuales (13.062,72 € en cómputo anual) para jornadas a tiempo completo, o la parte proporcional en el caso de jornadas parciales.

Consulte las bases legales para conocer todos los requisitos.

CÓMO PEDIR LA SUBVENCIÓN?

Sólo hay que rellenar los datos y anexar la documentación necesaria (en formato pdf). Entonces, se generará una sol·licitud que habrá que acabar de completar, imprimir el pdf (2 copias) y firmar. Después la podrás anexar y registrar online en el portal de Trámites-Registro del Ayuntamiento de Barcelona. También puedes acercarte y entregar una copia a la

Oficina de Atención a las Empresas (OAE)                                                                            Edificio MediaTIC                                                                                                                          Roc Boronat, 117. CP: 08018 • Barcelona                                                                                      Tel. 933209600

o en cualquiera de las Oficinas de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Barcelona, pidiendo cita previa, en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de inicio del contrato.

El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 31 de diciembre de 2018.

FAQ'S "Buen trabajo, Barcelona"

1. Si soy autónomo, tengo derecho a las ayudas a la contratación?

Sí. Pueden acceder a la subvención todas las empresas que hayan desarrollado su actividad desde 6 meses antes de la contratación que se acoge a la subvención, y que registren contrato vinculado a algún centro de trabajo en el Área Metropolitana de Barcelona.

2. Es compatible esta subvención con otras ayudas?

Sí, las subvenciones son compatibles con cualquier otra ayuda pero no con otras subvenciones que subvencionen el mismo contrato. La suma total de subvenciones y bonificaciones no podrá superar el coste de la contratación.

3. ¿Cuál es la duración mínima del contrato que puede dar derecho a la subvención?

Las PYME pueden registrar contratos a partir de 12 meses, tanto de jornada completa como parcial. Las empresas con plantilla superior a 250 trabajadores deberán presentar contrataciones indefinidas. Si la jornada es parcial, no podrá ser inferior al 50% de la jornada de trabajo habitual. La cuantía de la subvención variará según la jornada con estos porcentajes (50%, 75%, 100%).

 

Saludos,

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